En este módulo se describe la maquinaria, los equipos, las herramientas, los aperos y las instalaciones agroforestales que se utilizan en la agricultura, el paisajismo y el mundo forestal, así como su gestión y mantenimiento. Estos contenidos se distribuyen en ocho capítulos en los que se exponen los conceptos relacionados con la instalación y la gestión del taller agrario; la ejecución y el desarrollo de las operaciones de mecanizado básico y soldadura; el conocimiento del tractor, de las máquinas y de los equipos agrícolas; el estudio de la maquinaria autopropulsada y del motor de explosión; las características, el funcionamiento y los tipos de instalaciones agroforestales; las tareas de programación y supervisión del mantenimiento; la reparación de maquinaria e instalaciones, así como su gestión, y la prevención de riesgos laborales y la protección medioambiental. 

  • Las personas que desarrollen actividades relacionadas con la utilización de productos fitosanitarios deben estar en posesión de un carné que los habilite para el desempeño de dichas actividades.

  • El Real Decreto 1311/2012, de 14 de septiembre, por el que se establece el marco de actuación para conseguir un uso sostenible de los productos fitosanitarios, en su artículo 17 establece que a partir del 26 de noviembre de 2015 los usuarios profesionales y vendedores de productos fitosanitarios deberán estar en posesión de un carné que acredite conocimientos apropiados para ejercer su actividad.

  • Asimismo, dicho Real Decreto ha sido desarrollado en la Comunidad Autónoma de Andalucía por el Decreto 96/2016, de 3 de mayo, que regula la prevención y lucha contra plagas, el uso sostenible de productos fitosanitarios, la inspección de equipos para su aplicación y se crea el censo de equipos de aplicación de productos fitosanitarios.

Para los usuarios profesionales responsables de los tratamientos terrestres, incluidos los no agrícolas, y para los agricultores que realicen tratamientos en la propia explotación empleando personal auxiliar. También se expedirán para el personal que intervenga directamente en la venta de productos fitosanitarios de uso profesional, capacitando para proporcionar la información adecuada sobre su uso, sus riesgos para la salud y el medio ambiente y las instrucciones para mitigar dichos riesgos. El nivel cualificado no otorga capacitación para realizar tratamientos que requieran los niveles de fumigador o de piloto aplicador.

  • Las personas que desarrollen actividades relacionadas con la utilización de productos fitosanitarios deben estar en posesión de un carné que los habilite para el desempeño de dichas actividades.

  • El Real Decreto 1311/2012, de 14 de septiembre, por el que se establece el marco de actuación para conseguir un uso sostenible de los productos fitosanitarios, en su artículo 17 establece que a partir del 26 de noviembre de 2015 los usuarios profesionales y vendedores de productos fitosanitarios deberán estar en posesión de un carné que acredite conocimientos apropiados para ejercer su actividad.

  • Asimismo, dicho Real Decreto ha sido desarrollado en la Comunidad Autónoma de Andalucía por el Decreto 96/2016, de 3 de mayo, que regula la prevención y lucha contra plagas, el uso sostenible de productos fitosanitarios, la inspección de equipos para su aplicación y se crea el censo de equipos de aplicación de productos fitosanitarios.

Para los usuarios profesionales responsables de los tratamientos terrestres, incluidos los no agrícolas, y para los agricultores que realicen tratamientos en la propia explotación empleando personal auxiliar. También se expedirán para el personal que intervenga directamente en la venta de productos fitosanitarios de uso profesional, capacitando para proporcionar la información adecuada sobre su uso, sus riesgos para la salud y el medio ambiente y las instrucciones para mitigar dichos riesgos. El nivel cualificado no otorga capacitación para realizar tratamientos que requieran los niveles de fumigador o de piloto aplicador.